Observaciones del expediente
Tipo de norma impugnada
Norma impugnada y órgano emisor
La demanda se interpone ante el Tribunal Constitucional, instancia única (art. 98 y ss.).
Es el órgano que dictó la norma. Si es del Poder Ejecutivo, la defensa corresponde a la Procuraduría Pública Especializada en materia constitucional.
Sujeto legitimado (demandante)
Fundamentos de la inconstitucionalidad
Explica por qué la norma infringe la Constitución, por la forma (procedimiento de aprobación) o por el fondo (contenido). Un fundamento por cada vicio.
Normas constitucionales infringidas (parámetro)
Base tomada de la Constitución Política del Perú de 1993. Indica las normas de la Constitución que la norma impugnada infringe (parámetro de constitucionalidad). Puedes agregar cualquier artículo constitucional pertinente.
Fundamento procesal
Se agregan por defecto los artículos del proceso de inconstitucionalidad del Código Procesal Constitucional (Ley N.° 31307): legitimación (art. 97) y plazo (art. 99). Puedes sumar otros.
Conclusión
La conclusión se genera automáticamente desde los hechos y el derecho invocado. Activa esta opción solo si quieres redactarla tú.
Anexos (pruebas)
Anexos recomendados. Para que la demanda pueda evaluarse con mejor sustento, se recomienda incorporar documentos relacionados con esta garantía constitucional. En la acción de inconstitucionalidad, prioriza la norma cuestionada, su publicación oficial, documentos que acrediten la legitimidad activa y el sustento institucional o técnico de la infracción constitucional. La ausencia de anexos no impide generar el documento, pero puede afectar la solidez de la demanda.
Opcional: carga estos anexos como guía y elimina o edita lo que no corresponda al caso. Para videos o archivos en la nube, puedes acortar enlaces en acortar.link.